Propuesta de periodización del pensamiento latinoamericano.
Tercer momento: La política deviene ciencia.
En este
momento hubo una confluencia de hechos en la historia del pensamiento
latinoamericano. Se trata, de un lado, de un hecho de sociología política que
fue el ascenso de un personal político que comenzaba a erigirse como el político
cuasi-profesional, exponente y beneficiario principal de la democracia
representativa. Para ratificar su condición
tutelar en el nuevo orden republicano, ese personal político emergente acudió a
las tesis de la soberanía racional y de la “democracia ficticia” que, por
supuesto, desplazaba el principio de la soberanía del pueblo; la idea de una “democracia
ficticia” fue el modo publicitario de promover la primacía del representante
del pueblo, de imponer al individuo educado, blanco y rico como el agente
social pre-destinado para el ejercicio de esa soberanía racional. Los expositores
de esta tesis meritocrática hicieron sus reflexiones apoyados en la
interpretación o vulgarización que hizo Antoine Desttut de Tracy de la obra de Montesquieu.
Haber dejado
de leer directamente a Montesquieu y la recepción de Destutt de Tracy nos lleva
al otro hecho significativo que consideramos circunscrito a la historia del
pensamiento. Se trata del establecimiento de la política como ciencia y, para
ser precisos, como ciencia de Estado. Estamos, entonces, ante un momento creador
de la política como ciencia mediante la enseñanza universitaria de la ciencia
de la legislación vertida en la formación de profesionales del derecho
constitucional, del derecho penal y del derecho administrativo. Para ese propósito
sirvieron, en los claustros universitarios del sur de América, el Traité de
législation de Francois-Charles Comté, los varios tomos de Éléments d`idéologie
de Destutt de Tracy, los Principios de moral y legislación de Jeremy
Bentham. Al lado de ellos, las obras de Charles-Jean Bonnin, Helvetius, Maine
de Biran, Cabanis y Broussais. Este vínculo con el grupo de ideólogos y médicos
franceses revela la relación con una comunidad de pensamiento que había entronizado
una ciencia y un método aplicados enteramente al estudio de la sociedad. Ese
método estaba basado en la observación escrupulosa de la sociedad para hallar las
leyes de su funcionamiento, para saber diferenciar entre actos humanos basados
en la voluntad o en los instintos y, claro, para determinar qué era o no un
delito.
Todo esto
sucede en buena parte de la América española en los decenios 1820 y 1830, cuando
hay un afán por constituir un nuevo Estado, separado del legado jurídico
español. Es un momento secularizador en que el Estado buscaba concentrar
el conocimiento jurídico, elaborar el conjunto de códigos que eliminasen los
múltiples derechos y jurisdicciones que provenían de los tiempos de la
dominación española. Hacer del Estado una unidad cognitiva, simbólica, depositaria
del poder de nombrar, legislar, codificar, ordenar. En consecuencia, poseedora
de la suficiente fuerza unificadora, responsable de unas operaciones
totalizadoras que, por consecuencia, eliminaban o erosionaban los variados
derechos y potestades de corporaciones y estamentos. El Estado necesitaba
producir su propia teoría sobre su necesidad de existencia y, al tiempo,
determinar las operaciones básicas que lo hacían existir: los censos, las
estadísticas, la cartografía, la codificación. Por eso son los años de debate
entre los defensores de una moral católica y aquellos que propugnaban una
ciencia moral universal.
Estamos, pues, ante un momento que cierta
sociología habría llamado de concentración de todos los capitales, en que el Estado,
para serlo, tenía que provocar la ilusión–la ficción, dirá Pierre Bourdieu- de
“producir el Estado” y los juristas, parece, eran los mejor capacitados para
esa labor (Bourdieu, 1997). Era un momento reorganizativo del
Estado en varios lugares del sur de América. El Estado estaba apoyándose en un
grupo de juristas y catedráticos que le ayudaban a producir una ciencia de la
sociedad, una teoría legislativa, unas definiciones acerca de la acción humana
y de sus efectos en el mundo social, un discurso sobre la cosa pública. Todo
esto debía plasmarse en una codificación más o menos homogénea en su doctrina y
unitaria en sus alcances. Estaba en discusión una ciencia moral deslindada de
la preceptiva dominante del catolicismo; y estaba en discusión la selección del
grupo de juristas y de sus doctrinas. En Colombia, la historiografía de modo
erróneo ha hablado de la “querella benthamista”; pero lo que estaba en juego
era mucho más que leer o no a Bentham. Los
funcionarios de Estado, que surgían de la formación y el reclutamiento
universitario de esos decenios, intentaban contribuir a la expansión de la
razón gubernamental.
Si
nos apoyamos en Michel Foucault, podemos suponer que se trata de un proceso
cuyo objetivo más apremiante era “gobernar racionalmente porque hay un Estado y
para que lo haya” (Foucault, 2006, p. 273). Era, en últimas, tratar de restablecer
al Estado como “principio de inteligibilidad” (Foucault, 2006, p. 329). La
riqueza discursiva de este período proviene de la pródiga eclosión de autores y
obras del pensamiento europeo, especialmente empirismo y utilitarismo inglés al
lado del sensualismo francés, aplicados a una etapa muy específica de la
formación del Estado en el ámbito hispanoamericano.
Bibliografía.
Bourdieu, P. (1997). De la maison du roi a la raison d´Etat. Actes de la Recherche en Sciences Sociales, 118, pp. 55-68.
Foucault, M. (2006). Seguridad,
territorio y población. Curso en el College de France, 1977- 1978. México:
Fondo de Cultura Económica.
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